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Por Orden PRENA Nro.80/982, de fecha 24 de setiembre de 1982, se crea la División Convenios Internacionales dependiente de la Dirección Registral y de Marina Mercante.
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Por Decreto Nro.302/983 se crea el Departamento de Reglamentaciones Marítimas de la Comisión Técnica, con la atribución delegada: “del estudio y la preparación de reglamentaciones que fueran de su técnica y competencia, la revisión y publicación de las mismas, de acuerdo a las recomendaciones que oportunamente se formulen”, así como también el estudio de iniciativas y gestiones encomendadas o propias.
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Por Orden Interna PRENA Nro. 12005.2/91, de fecha 06 de agosto de 1991 se estructura el Estado Mayor de la Prefectura Nacional Naval asignándosele dependencia y relación orgánica a la División de Convenios Internacionales (DIVCO).
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Por Orden Interna PRENA Nro. 12005.3 /91, de fecha 03 de julio de 1992 se crea la Junta Consultiva de Legislación Marítima Internacional de la Prefectura Nacional Naval, “con el cometido de efectuar el seguimiento de la Legislación Marítima correspondiente, a fin de asesorar al Mando sobre la aplicación de tal Legislación en el País” y se da su relación de dependencia.
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Por Decreto Nro.256/992, Reglamento de Organización y Funciones de la Prefectura Nacional Naval, párrafo. 2.4, se establece la responsabilidad de controlar el cumplimiento de las Normas Marítimas Nacionales e Internacionales relativas a la Seguridad de la Navegación .
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En la VI Reunión de ROCRAM, se firma el Acuerdo Latinoamericano sobre Control de Buques por el Estado Rector del Puerto (Acuerdo de Viña del Mar – Noviembre de 1992), por el que las partes asumen el compromiso de hacer efectivo en sus puertos, a partir de 1994, un sistema ejecutivo de Control de Buques, a través de un sistema coordinado de inspecciones.
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Por Orden Interna EMPRE N° 6399.1/93, de fecha 24 de junio de 1993 se establecen las funciones del Estado Mayor de la Prefectura Nacional Naval (EMPRE) asignándosele a la Oficina de Convenios y Reglamentos cometidos de asistencia al Señor Prefecto Nacional Naval, su relación de dependencia; disponiendo que integre la Junta Consultiva de Legislación Marítima Internacional de la Prefectura Nacional Naval.
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Por Orden Interna PRENA N° 12005.3/95, de fecha 05 de mayo 1995 se crea la Secretaría ROCRAM-URUGUAY, asignándosele funciones y relación de dependencia.
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Acorde a la política fijada por el Mando, se hizo necesario agrupar todas las tareas y áreas de competencia homogéneas referidas a Legislaciones y Acuerdos Internacionales de la Prefectura Nacional Naval, en un único Departamento asignándole funciones y medios, acorde a lo prescrito, se promulgo la Orden PRENA Nro.12005.11/96 de fecha 14 de agosto de 1996, generándole al referido Departamento dependencia de la Dirección Registral y de Marina Mercante.
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Habiéndose evaluado los aspectos de función, misión y dependencia del Departamento desde 1982, a la luz de la dinámica que particulariza al ámbito marítimo y al permanente esfuerzo requerido al ámbito nacional en aras de asegurar estándares y criterios homogéneos en correspondencia con el internacional; permite concluir en la conveniencia de:
Funcional de la Dirección Registral y de Marina Mercante, en aquellas áreas en que DELEA administra y coordina tareas cuya responsabilidad recae en DIRME: Oficina del Estado Rector de Puerto e HIDROVIA; Funcional del Señor Prefecto Nacional Naval, en aquellas áreas en que DELEA administra y coordina tareas o responsabilidades que implican política institucional, tengan impacto en los objetivos de la Prefectura Nacional Naval o en los del sector marítimo nacional en general: OMI, FIDAC, OIT, MERCOSUR, ROCRAM, coordinaciones con Ministerios en temas específicos, etc. |